Micelio
Auto21 de agosto de 2024

A- de 2024

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante De Oficio·Demandado Rivera Jader De Jesus

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Presupuesto Subjetivo-Solo Una Autoridad Suscitó La Controversia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Aparente conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Santa Marta y la Justicia Penal Militar.

Es causa de la controversia, proceso penal iniciado en contra de un ciudadano, miembro de la Fuerza Pública, Policía Nacional, patrullero, quien, en el contexto de una protesta, accionó su arma de dotación tipo pistola en contra de la población civil que se encontraba en el sitio, causando al parecer la muerte de dos ciudadanos, por lo cual se formula imputación como autor de la conducta punible de homicidio agravado en concurso homogéneo y en concurso heterogéneo con tortura agravada.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no no se configuró el mismo, toda vez que no se acreditó la concurrencia del presupuesto subjetivo.

En particular, la Corte encuentra que no existe pronunciamiento de una autoridad judicial de la Justicia Penal Militar que rechace o reclame la competencia para conocer el asunto.

Incluso, la única referencia que se hace en el expediente por parte de esa jurisdicción, señala que el Juzgado 176 de Instrucción Penal Militar rechazaría la competencia y estimaría que el asunto es competencia de la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad.

La Corte se declara inhibida para fallar de fondo el asunto y resuelve remitir el expediente al juzgado de origen, Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Santa Marta el expediente CJU-5634 para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a las partes e intervinientes.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito Especializado de Santa Marta.
  3. Segundo. Por Secretaría General, REMITIR al Juzgado
  4. Primero. Penal del Circuito Especializado de Santa Marta el expediente CJU-5634 para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a las partes e intervinientes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.